LA PRUEBA DE OFICIO EN LOS DISTINTOS REGÍMENES PROBATORIOS: UNA VISTA AL GARANTISMO PROCESAL

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Sergio David Ríos

Resumen

El Código Iberoamericano de ética judicial, establece que el juez imparcial es aquel que persigue con una objetividad y con un fundamento en la prueba la verdad de los hechos. En el entendimiento del propósito de la prueba de oficio, se debe tener claro aspectos básicos sobre la validez de esta prueba; se requiere de una contradicción, bien sea por el demandante o por el demandado, y lo más importante, que la prueba de oficio sea conducente y pertinente para que esta sea aplicable de manera concreta en un caso concreto. El propósito de la prueba oficiosa está relacionado con la necesidad de la misma, será absolutamente necesaria cuando la finalidad sea para esclarecer los hechos objeto de la controversia litigiosa, claro está que, para el decreto y valoración de la misma debe haber una evidente insuficiencia probatoria. A la insuficiencia probatoria hay que adicionarle la dosis probatoria, cuya relación tiene que ver con la absoluta pertinencia de la prueba y la capacidad demostrativa de la misma.

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