RESPONSABILIDAD LEGAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS POR CORRUPCIÓN

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Yolanda Margaux Guerra

Resumen

La corrupción es un tema conocido y difícil de manejar debido a lo complejo que resulta encontrar datos idóneos de fenómenos ocurridos
en la oscuridad. Lo novedoso del tema radica en el tratamiento que se le ha dado a las personas jurídicas y entes colectivos como uno de los
principales protagonistas de los altos índices de corrupción y criminalidad no solo en Colombia sino en el mundo.
Aunque hay quienes afi rman que las personas jurídicas no pueden ser responsables de delitos, el crimen organizado ha sido una “institución”
durante muchos años y ha causado gran cantidad de dolor y sufrimiento a nivel nacional e internacional y últimamente también a nivel
global. Según datos del Banco Mundial, las personas jurídicas y entes colectivos, han cometido el 70% de los crímenes globales de terrorismo, narcotráfico, prostitución, pornografía infantil, etc. y Responsabilidad
del Estado en la Contratación por actos de Corrupción. Estos criminales continúan impunes escondidos bajo el velo de una persona jurídica, legalmente constituida, una religión, un cartel, una universidad, una entidad del gobierno, una organización no gubernamental o cualquier otro disfraz de actividad legal.

La tendencia moderna de responsabilizar por delitos a las personas jurídicas es creciente. Sin embargo, afronta una larga
fi la de opositores que niegan una persona jurídica pueda ser responsabilizada por un crimen o una actividad criminal.
Hoy en día los entes colectivos ya son sujetos responsables frente al derecho administrativo, al derecho ambiental y al derecho civil. El salto de allí al derecho penal es relativamente corto.

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Sección

Articulos PI Vol. 14

Referencias

DOBSON, L-nti MoL1 Duties md the

instistetis of the European Union,

Assigning Dstes to Instittions: Debating

Had Cases.

DU PUIT, Jose, La Responsabilidad

Penal De Las Personas Jurídicas En

Suiza, Recuperado el 15 de noviembre

de 2010 de: http://www.unifr.ch/ddp1/

derechopenal/anuario/an_1996_10.

pdf.

ERSE, Toni. Assgning Divies to Kstiona1

Momal Agenrs: The Case of states md

Quasi-States; Ethies md intenztiona1

Affalls, Vol. 15, No. 22001,i, 6-85: resed

eison pinted in can instrncions Hae

Responsazies.

FERRARA, Francesco. (1929). Teoría de

las personas jurídicas traducción del

italiano de Eduardo Ovejero. Ed. Reus.

Madrid, España.

FERRI, Enrico. (1960). Principios

de derecho criminal. Traducción de

RODRÍGUEZ, José Arturo, HERNÁNDEZ,

Antonio soto. Ed. Góngora. Madrid Ed.

Reus. Madrid, España.

FROST, Meruyn. “Can dispersed

practices be heid Ethical Accountable

Assigntng duties to institutro. Debating

Hacd Cases.

GARUAD, Rene. MANZINI, Vincenzo.

(1961). Tratado de derecho penal

italiano, volumen I torinto. Ed. UTET.

Italia.

GUERRA GARCÍA, Yolanda PhD.

(2005,), Breve intoducción alterna de

la responsabilidad de las personas

jurídicas, pág 133 en dialogos de

saberes: investigaciones y ciencias

sociales ISSN 0124-0021, No. 23, 2005,

pág 133 - 152.

MESTRE, Aquiles. (1978). Las personas

morales y su responsabilidad penal.

Traducción de César Camargo Marín.

Ed. Analecta, Madrid, España.

Ph. D. HURTADO POZO, José, Université

de Fribourg, 1ère Chaire de Droit

Pénal, Av. Beauregard 11-13, 1700

Fribourg, Tél. 026 / 300.80.71, Fax

/ 300.97.51, http://www.unifr.

ch/sdp et http://www.unifr.ch/

derechopenal. Reproducción autorizada

por el PhD Alvaro Márquez Cáedenas.

REYES ECHANDÍA, Alfonso. (1984).

Traducción del código de hammurabi.

Edición Universidad Externado de

Colombia. Bogotá.

SALDAÑA, Quintiliano. (1927).

Capacidad criminal de las personas

sociales, doctrina y legislación. Ed.

Reus, Madrid, España.

SAAVEDRA ROJAS, Edgar. (1984).

Corporación criminal y ley Penal.

Ed. Monografías jurídicas. Bogotá,

Colombia.