LA CONSTITUCIÓN DE RIONEGRO ANTECEDENTES Y ESFUERZOS EN LA CONCRECIÓN DE UN SISTEMA POLÍTICO PARA COLOMBIA
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Resumen
En este artículo nos referimos a los antecedentes de la Carta de Rionegro y sus aportes a la configuración de un sistema político para Colombia, en particular su contribución al significativo reparto del poder en el territorio de la antigua Nueva Granada por ella generado. El texto incluye de manera somera, y solo como análogos antecedentes, las características generales de la organización política territorial de la Civilización Chibcha y la estructura político-administrativa del Estado en la época colonial. No obstante, previo a abordar la materia objeto de examen, se hace necesario tratar dos temas importantes: uno forzoso, que provee el marco conceptual para el desarrollo del texto, y el otro referido tanto a las figuras más sobresalientes de los epónimos constituyentes de 1863, como a las instituciones democráticas de más avanzada en aquella Constitución.
La Carta Política de Rionegro, federal a ultranza, la más de su género y, por lo mismo, también considerada como la de mayor avance democrático de toda nuestra historia constitucional, no obstante, fue descalificada por Víctor Hugo, el poeta francés, como “constitución para ángeles”, pero, creemos, solo en cuanto la cotejó con las espinosas circunstancias políticas y materiales vividas en su país al final de su vida, referidas al excesivo centralismo europeo, concretamente con el régimen unitario y autoritario francés vigente en el interregno antidemocrático transcurrido entre la segunda y la tercera repúblicas, por él padecido, e impuesto abruptamente por el emperador Luis Napoleón, a quien Marx le escribió el 18 Brumario.
El poeta Víctor Hugo nació en 1802 y falleció en 1885. Al final de su vida, coincidiendo con la vigencia de la Constitución de Rionegro, en Francia, adalid del centralismo político, gobernaba el emperador Luis Napoleón, quien encabezó un régimen antidemocrático, mas bien pro-monárquico; antípoda de un sistema federal, lo que creemos causó desconfianza en el poeta.
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Referencias
Arciniegas, G. (1968). Los comuneros. Caracas: Ed. Bedout.
Bolívar, Simón. (2012). Carta de Jamaica. Coordinación de Humanidades, Centro de Estudios Latinoamericanos, Facultad de Filosofía y Letras, Unión de Universidades de América Latina, Centro de Estudios sobre la Universidad, Universidad Nacional Autónoma de México.
Cruz S., A. (1978) “Federalismo y Centralismo”, Bogotá, Breviarios Colombianos.
Martínez G., A. (2012) “José Joaquín Camacho y su influencia en la Constitución de la Provincia de Tunja (1811)”. Tunja, En: Revista “Historia y Memoria” No. 5. Doctorado en Historia. Facultad de Ciencias de la Educación. UPTC.
Simposio de Historia Regional “Pamplona 445 Años”, Mogollón, P. M. C., Pabón, V. S., Pamplona (Norte de Santander, Colombia), & Fondo Mixto de Promoción de la Cultura y las Artes del Norte de Santander. (1994). Memorias. Pamplona, Norte de Santander, Colombia: Alcaldía, Ciudad de Pamplona.
Ots, . C. J. M. (1957). El Estado Español en las Indias. México: Fondo de Cultura Económica.
Tigar, M. E., Levy, M. R., & Grab, N. (1978). El derecho y el ascenso del capitalismo. México: Siglo Veintiuno.
Colombia, & Restrepo, P. C. (2009). Constituciones políticas nacionales de Colombia. Bogota: Instituto de Estudios Constitucionales, Universidad Externado de Colombia.
Rivadeneira, V. A. J. (1962). Historia constitucional de Colombia. Bogotá: Editorial “El Voto Nacional”.
Rosanvallon, P. (2003) Trad. MAYER, M. Por una historia conceptual de lo político. México: FCE.
Rozo, G. J. (1978). Los muiscas: Organización social y régimen político. Bogotá: Fondo Editorial Suramérica.
Samper, J. M. (1886). Derecho público interno de Colombia. Bogota: Impr. de “La Luz”.
Suescún, M. A. (1998). Derecho y sociedad en la historia de Colombia. Tunja: Editorial Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia.
Uprimny, L. (1954) ¿Capitalismo calvinista o romanticismo semi-escolástico de los próceres de la Independencia colombiana?”. En: Revista Universitas No. 6. Bogotá: Universidad Javeriana..
Valencia, V. H. (1987). Cartas de Batalla: Una crítica del constitucionalismo colombiano. Bogotá, Colombia: Universidad Nacional de Colombia.
Villate, S. G. (2001). Tunja prehispánica: Estudio documental del asentamiento indígena de Tunja. Tunja: Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, UPTC.