LLAMEMOS LAS COSAS POR SU NOMBRE DEL TRIBUTO COMO CARGA IMPOSITIVA AL TRIBUTO COMO PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD DEL CIUDADANO

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Ruben Dario Serna

Abstract

La necesidad de llamar las cosas por su nombre nos ha llevado a indagar sobre el real significado que debe dársele a la expresión “Tributo”; la cual es analizada bajo tres perspectivas: 1. El Tributo como
ofrenda a Dios o a los dioses. 2. El Tributo como carga impositiva derivada de la autoridad suprema del Estado. 3. El Tributo como deber de solidaridad en el Estado Social de Derecho.
El Tributo en Colombia según la Constitución Política, es la obligación que tiene el ciudadano de contribuir a los gastos y costos del Estado
derivado del principio de solidaridad. Pero la teoría es abiertamente contraria a la práctica, toda vez que los contribuyentes actúan y tributan no por la convicción de contribuir al Estado en beneficio de la sociedad, sino por la imposición que la autoridad estatal ejerce sobre el ciudadano. Por tanto, es necesario hacer una relectura del comportamiento de quienes tributan, y buscar mediante políticas coherentes, que el pago de los tributos sea fruto de la actuación por el deber.

Si se utilizan los términos de manera adecuada, se evitará en definitiva el abuso de las interpretaciones que constantemente se hacen sobre los textos legales en Colombia, y por tanto, se influenciará de manera positiva en el comportamiento de los asociados colombianos.

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Articulos PI Vol. 16

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