La Intermediación laboral como planteamiento hacia una posible elusión contraprestacional

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laura inés gómez niño

Abstract

Dentro del marco normativo laboralista


de Colombia encontramos avances


que se han venido dando a través


de los años, pero que siguen en un


constate perfeccionamiento legislativo


y mayoritariamente en lo que atañe


al desarrollo jurisprudencial, esto con


base al cambió más drástico en la


percepción legislativa general del país


que se dio en 1991 con la constituyente


que hoy está vigente, pues con la


conformación de un Estado Social de


Derecho, garantista de los intereses de


los integrantes del mismo, se empieza


a dar grandes inconformidades respeto


a las legislaciones que se habían venido


desarrollando.


De acuerdo a lo anterior y recordando


que a pesar, que el poder legislativo


con su discrecionalidad al momento


de legislar o lo que se conoce como


“Libertad de Configuració Legislativa”,


ha desarrollado parámetros legales en


lo que respecta a temas laboralistas, en


especial el que nos atañe a éste trabajo,


es decir, las actividades que realizan


las Empresas de Servicios Temporales


(EST), y por ende lo correspondiente a la


práctica de intermediación en materia


laboral; existen aún problemas en


cuanto al control jurídico legal de dicha


intermediación.


A consecuencia de la flexibilidad de la


intermediación laboral, se presentan


actividades que la Corte Suprema de


Justicia cataloga como “fraudulentas”,


pues en realidad se trata de vínculos


laborales, aparentemente obedeciendo


a trabajadores en misión que en


realidad cumplen funciones que no


hacen parte de un tiempo eventual, sino


que permiten configurar una relación


contractual laboral.


Con éste estudio se pretende identificar,


si con la indebida utilización de la figura


de intermediación laboral, se están


vulnerando derechos a los trabajadores


en misión, al no reconocérseles los


derechos que nacen del vínculo


contractual laboral, que en realidad


puedan estar configurando con la


prestación de sus servicios y por ende


configurándose de alguna manera una


elusión laboral.

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