El principio de innovación en el marco del derecho de la unión europea. A propósito de las tecnologías desruptivas

Contenido principal del artículo

Edmer Leandro López Peña

Resumen

Por los años 1995, los profesores de Harvard, JOSEPH L. BOWER y CLAYTON M. CHRISTENSEN, adelantaron un estudio interesante, éste recayó en evaluar la relación entre la necesidad que tienen las empresas por mantenerse en el mercado y los efectos que producen las nuevas tecnologías sobre tal necesidad. Para explicar tal
relación acuñaron el concepto de tecnología disruptiva.

Detalles del artículo

Sección

Actualidad Socio Jurídica